jueves, 22 de noviembre de 2018

S.E.P.                                           D.G.E.T.I.                                   S.E.M.S.

CENTRO DE BACHILLERATO TECNOLÓGICO INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS NO.10
MODULO IV.- DETERMINA LAS CONTRIBUCIONES FISCALES DE PERSONAS FÍSICAS Y MORALES.
SUBMODULO 2.- GENERA INFORMACIÓN FISCAL DE PERSONAS MORALES FACILITADORA: M. C. Y L. C. P. SARAI LEVI COLCHERO PRUDENTE.



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   ALUMNA: GUADALUPE ELIZABETH BARAJAS FRANCO

QUINTO SEMESTRE                            GRUPO: '' C ''

SEMESTRE: AGOSTO-ENERO 2019







DEDICATORIA  ESPECIAL A:


MIS PADRES:

Con su apoyo, Consejos, Amor y Dedicación,
me han mostrado los caminos de la vida;
Gracias por todo, los quiero, admiro y estimo.


MIS MAESTROS:

Por todos esos conocimientos
que he adquirido de ustedes.


MIS HERMANOS: 

Gracias por creer en mi, por su amor, por sus aportes, 
por su inmensa bondad y apoyo.
Les agradezco y hago presente mi gran afecto hacia ustedes,
mi hermosa familia.


MIS AMIGOS:

En la vida hay momentos
buenos y malos, alegres y tristes;
Pero con ustedes todos son inolvidables.



Con Cariño Elizabeth Franco 🎶




CONTENIDO DEL SUBMODULO:
GENERA INFORMACIÓN FISCAL DE LAS PERSONAS MORALES

Portada

Dedicatorias
Contenido
Índice

Introducción
Fundamento legal
Contenido
Conclusiones





FUNDAMENTO LEGAL (IMSS E INFONAVIT): 


Fundamentos Jurídicos (imss)

Fundamento Jurídico que 
da origen al trámite
Artículo 12, 13, 15 y 177.
Ordenamiento:
Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995.
Tipo ordenamiento: Ley
Artículo 45.
Ordenamiento:
Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1º de noviembre de 2002.
Tipo ordenamiento: Reglamento
Documentos Requeridos
Fundamento Jurídico:
Ordenamiento:
ACUERDO ACDO.SA1.HCT.230713/202.P.DIR y sus anexos, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria celebrada el 23 de julio de 2013, por el que se autoriza la simplificación y des-regulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto de 2013.
Observaciones:
En caso de que el trámite se haya realizado vía internet, el plazo de respuesta es inmediato al correo electrónico proporcionado por el interesado.
·         Plazo máximo de respuesta
No mayor a una hora
Observaciones:
Si el trámite fue realizado de manera presencial, el plazo de respuesta es no mayor a una hora después de haber entregado la documentación completa en la ventanilla de la Subdelegación.
Si al término del plazo máximo de respuesta, la autoridad no ha respondido, se entenderá que la solicitud fue resuelta en: Negativo.
Artículo 17, primer párrafo. 


FUNDAMENTO LEGAL (INFONAVIT):


Articulo 29 F. VIII de la ley de Infonavit. Dictamen Infonavit. * Articulo 29 F. VIII de la ley de Infonavit. * Capitulo V del Reglamento de Inscripción Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al INFONAVIT. * Instructivo para la Dictaminarían de las Obligaciones que la Ley del INFONAVIT y sus Reglamentos imponen a los patrones y demás sujetos obligados.Artículo 29.- Son obligaciones de los patrones:
I.- Proceder a inscribirse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto y dar los avisos a que se
Refiere el Artículo 31 de esta Ley; 

Los patrones estarán obligados, siempre que contraten un nuevo trabajador, a solicitarle su número de Clave Única de Registro de Población.








INDICE:
🔎 SUA.......................................................................................
🔎 Que es el SUA?...................................................................... 
🔎 Características del SUA..........................................................
🔎 Contenido del Sistema...........................................................
🔎 Alta de Patrones....................................................................
🔎 Patrones................................................................................
🔎 Alta, Modificación y Baja de Trabajadores............................
🔎 Campos a Rellenas...............................................................
🔎 Movimientos............................................................................
🔎 Baja.......................................................................................
🔎 Reingreso................................................................................
🔎 Modificación Salario.................................................................
🔎 Re Envió..................................................................................
🔎 Pagos......................................................................................
🔎 Calculo de Pago Oportuno.......................................................
🔎 Pago Extemporáneo.................................................................

🔎 Calculo de Pago Extemporáneo...............................................



INTRODUCCIÓN

El Texto se enlaza en El Sistema Único de Autodeterminación, mejor conocido como “SUA”, Podemos encontrar que es un programa informático creado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Su propósito es determinar importes y conceptos para el pago de las cuotas obrero-patronales por el IMSS, retiro, cesantía y vejez e INFONAVIT.
También provee a los patrones de las herramientas automatizadas para garantizar que la información y suma de las cuotas y aportaciones individuales sean procesadas con la calidad necesaria para que puedan ser individualizadas.

El Sistema 
también determina el pago de aportaciones extemporáneas, permitiendo la captura de las tasas de actualización y recargos que en su caso correspondan. Por otra parte, el SUA también puede realizar la determinación de diferencias generadas por omisiones o errores involuntarios, teniendo la capacidad de crear un catálogo con los datos de los trabajadores, sus salarios, movimientos e incidencias, facilitando con ello la operación y el control de la nómina.
En este contexto y ante la evidente transformación tecnológica que están realizándolas empresas, era indispensable establecer un nuevo sistema de recaudación que modernizará, automatizara y simplificara el pago de cuotas que periódicamente realizan los patrones en beneficio de casi 40 millones de mexicanos.


 SUA 
Sistema Único de Autodeterminación

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Que es el SUA?
Los patrones con 5 o más trabajadores están obligados a efectuar el entero de sus obligaciones por medio del SUA, y para los patrones de 1 a 4 trabajadores el uso del mismo es opcional. 

El Sistema Único de Autodeterminación contempla la emisión de información de los siguientes conceptos:
  • Cuotas obrero patronales a las cuentas individuales de los trabajadores, por concepto del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.
  • Cuotas obrero patronales a los demás ramos del Seguro Social (Riesgos de Trabajo, Enfermedades y Maternidad, Invalidez y Vida y Guarderías y Prestaciones Sociales).
  • Aportaciones patronales por concepto de vivienda, que son contabilizadas en las cuentas individuales de los trabajadores.
  • Amortización de créditos asignados a los trabajadores por el INFONAVIT.

Características del SUA:

De entrada:
Los patrones con 5 o más trabajadores están obligados a auto-determinarse usando el Sistema, la que puede efectuarse con apoyo en la información que por medio del proceso de emisión le proporcione el IMSS; o en su caso apoyados en su sistema de nómina, así como en la información comprobatoria de los movimientos e incidencias que afectan a los trabajadores. La operación del Sistema cubre funciones específicas para la información que maneja el mismo, como la validación automática de datos en captura o por importación.
De operación:
El Sistema provee a los patrones de las herramientas automatizadas para garantizar que la información y suma de las cuotas y aportaciones individuales sea procesada con la calidad necesaria para que puedan ser individualizadas. El Sistema determina también el pago de aportaciones extemporáneas, permitiendo la captura de las tasas de actualización y recargos que correspondan. Por otra parte, el Sistema puede realizar la determinación de diferencias generadas por omisiones o errores involuntarios y por revisiones de Dictamen de Contador Público. Tiene la capacidad de crear un catálogo con los datos de los trabajadores, sus salarios, movimientos e incidencias, facilitando con ello la operación del Sistema, asimismo considera los mecanismos de mantenimiento y actualización de dicho catálogo.
Características de salida:
El Sistema emite como salida a los patrones que lo usen, un medio magnético conteniendo la información de las cuotas y aportaciones individuales de sus trabajadores, con los mecanismos de seguridad necesarios, que permiten a las Entidades Receptoras (Bancos) identificar que la información efectivamente proviene del SUA, y así estar en posibilidades de efectuar el pago de las mismas.
También permite generar el dispositivo magnético que contenga los movimientos afiliatorios que los patrones deben presentar ante las ventanillas de Afiliación del instituto. 

Además, proporciona una serie de reportes que le permiten a los patrones verificar el contenido de la información alojada en el Sistema. 

La versión actual del Sistema Único de Autodeterminación SUA, ofrece los siguientes beneficios: 
  • Compatible con la mayoría de las versiones de Windows.
  • Facilidad de manejo y consulta.
  • Multitareas
  • Mayor velocidad de procesamiento.
  • Determinación de la Prima de RT.
  • Lector de archivos de pago.
  • Identifica el importe de la cuota obrera y el de la patronal.
  • Exporta la información del archivo de pago a hojas de Microsoft Excel.
  • Tecnología de 32 bits.
  • Su utilización es más simple y amigable.
  • Seguridad en bases de datos.
  • Inclusión de nuevos módulos.
  • Confronta de la información.
  • Portabilidad de reportes a otros medios de consulta.
  • Integra versiones anteriores del SUA.
  • Rutina para verificar los RFC y CURP de todos los registros patronales.

Contenido del sistema: 

El Sistema muestra una ventana con un menú:
  • Actualizar
  • Afiliación
  • Determinación de la Prima de Riesgo de Trabajo
  • Aportaciones
  • Cálculos 
  • Reportes 
  • Reportes Especiales 
  • Proceso de Confronta 
  • Gráficas 
  • Unidad de Medida y Actualización 
  • Utilerías

La sección de utilerías la encontrará en la barra de herramientas del Sistema. 

ALTA DE PATRONES:

Para realizar tu alta como patrón Persona Moral ante el IMSS, es necesario registrar tu empresa. Para realizar este trámite por Internet, debes estar registrado en el Escritorio Virtual (necesitarás CURP) y tener a la mano tu FIEL y correo electrónico.


OJO: También tienes ciertos beneficios como: 
Tendrás estos beneficios:
  • Se te asignará un Número de Registro Patronal con el que podrás cumplir con los pagos correspondientes.
Como Actualizar Patrones en la alta: 😧

Imagen relacionada

Patrones

Alta, Modificación y Baja de trabajadores:

ALTA:
Hay ciertas razones por las que se debe dar de alta a los trabajadores en el IMSS:
1. Deducir salarios al 100%
2. Lograr estabilidad en el personal al haber menos rotación
3. Disminuir los riesgos laborales, tanto de los empleados como los que pueden originarse a partir de multas por incumplimiento
NOTA: 
Además, hay que recordar que es una obligación patronal brindar seguridad social a los trabajadores, ya que al hacerlo les otorgan acceso a atención médica, les permiten ahorrar para el retiro y obtener un financiamiento para vivienda mediante el INFONAVIT.
al cumplir dicha obligación se evita entrar en conflicto con la autoridad, pues el IMSS tiene la facultad fiscal de auditar a la empresa y de embargar, si es necesario; o enfrentar una demanda laboral, en cuyo caso se puede pagar una multa de hasta el 100% de las cuotas omitidas.

Un beneficio que obtienes inscrito como trabajador en el IMSS: 


Tu nómina se deduce de impuestos, lo cual no sucede cuando se les paga por otros métodos, teniendo una percepción de ahorro mal entendido.
También es importante aclarar que: 
los patrones tienen un plazo de 5 días hábiles para dar de alta a sus trabajadores una vez contratados, y debe ser por el total de su sueldo.
MODIFICACIÓN:
en el mismo SUA puedes modificar los datos

Primero selecciona al trabajador
despues das clik en en datos afiliatorios
le das actualizar y es todo... 


BAJA:
Resultado de imagen para baja a un trabajador en sua
Para realizar la baja del trabajador en el IMSS y SUA, debemos ingresar al IDSE con la cuenta de la empresa o patrón y tener a la mano la siguiente información:
Sigue estos pasos para dar de baja al trabajador en el IMSS ó SUA:
  • Paso 1: primero, ingresa al portal IDSE con tu Certificado Digital, usuario y tu contraseña.
  • Paso 2: después, ingresa al apartado de “Movimientos Afiliatorios”.
  • Paso 3: una vez adentro, ingresar al apartado “Captura de Movimientos Afiliatorios”.
  • Paso 4: posteriormente, debes especificar qué tipo de movimiento quieres realizar. En este caso es “Baja”.
  • Paso 5: una vez seleccionaste la opción de “Baja”, ingresa el número de seguridad social del trabajador y el dígito verificador. El NSS consiste de 11 dígitos (por ejemplo, 1234567898-7). En el apartado de NSS se teclean los primeros 10 dígitos y en el apartado “dígito verificador” se ingresa el último número del NSS.
  • Paso 6: después, ingresa el nombre completo del trabajador.
  • Paso 7: una vez tengas el nombre separado, debes especificar la Unidad Médica Familiar del trabajador.
  • Paso 8: especifica el Salario Diario Integrado del Trabajador o SDI: 100.
  • Paso 9: después, necesitarás especificar de qué clase de trabajador se quiere realizar la baja. Las clases de trabajadores son: permanente, eventual, eventual de la construcción y eventual del campo.
  • Paso 10: posteriormente, especifica si contaba el trabajador con un salario fijo o variable.
  • Paso 11: determina si se trataba de un trabajador que laboraba la semana normal o reducida.
  • Paso 12: con último paso, debes confirmar la fecha en que se realiza este movimiento en el sistema del IMSS.
Al enviar esta información, se generará automáticamente un acuse de recibido del IMSS. Puedes consultar en el apartado “Resultados de los Últimos Movimientos Afiliatorios”, en la página de inicio, si el movimiento ha sido validado por el IMSS.

CAMPOS A RELLENAR:

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Imagen relacionada

MOVIMIENTOS:

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Los movimientos afiliatorios incluye: REINGRESOS, MODIFICACIONES DE SALARIO Y BAJA...

BAJA:


  • Si existe movimiento de baja registrado en la base de datos y desea actualizar un movimiento de baja de fecha posterior se invalidará el movimiento, se enviará mensaje de alerta:

  • Si existe un movimiento de reingreso o modificación de salario registrado y desea operar un movimiento de baja de fecha anterior al reingreso o modificación de salario se invalidará el movimiento, se enviará mensaje de alerta:

  • Si existe un movimiento de incapacidad registrada en la base de datos y se desea operar una baja dentro del periodo de la incapacidad se invalidará el movimiento y se enviara el siguiente mensaje de alerta:

NOTA: 
Sólo se aceptan movimientos de baja cuando es de fecha posterior a la del movimiento, de modificación de salario o reingreso registrado en la base de datos y cuando el trabajador no se encuentra con incapacidad. 

Por aquellos trabajadores a los que les fue generada una baja y resultasen posteriormente con un período de incapacidad anterior a la fecha de la baja, el SUA emite el siguiente mensaje de alerta:




Para los casos en que exista una Baja y un posterior Reingreso de algún trabajador, y existiese un periodo de incapacidad anterior a la Baja, el SUA genera el mismo mensaje anterior , por las mismas razones ya antes expuestas y de igual modo deberá presentarse en la Subdelegación que le corresponda al Departamento de Afiliación y Vigencia a hacer la aclaración correspondiente.

Es importante señalar que únicamente en estos casos, podrán ser eliminados aquellos movimientos de Reingreso o Baja confirmados con el status 2 (Movimiento recibido en el IMSS) en el SUA.

REINGRESO:

- Si existe reingreso, registrado en base de datos y desea actualizar movimiento de reingreso se invalidará el movimiento y se enviará el siguiente mensaje de alerta:

Si existe modificación de salario registrada en base de datos y desea actualizar movimientos de reingreso, se enviará el siguiente mensaje de alerta: 

Si existe baja registrada en la base de datos y desea actualizar movimiento de reingreso de fecha anterior a la baja, se enviará un mensaje de alerta:

🚫Solo se acepta el movimiento de reingreso si es de fecha posterior a la última baja registrada.


MODIFICACIÓN SALARIO:

  • Si existe baja registrada en la base de datos y desea actualizar el movimiento de modificación de salario se invalidará el movimiento y enviará el siguiente mensaje de alerta: 
  • Si existe reingreso registrado en la base de datos y desea actualizar un movimiento de modificación de salario de la misma fecha del reingreso se invalidará el movimiento, y se enviará el siguiente mensaje de alerta:

“Asegurado vigente con misma fecha de la modificación de salario”
NOTA: 
Se aceptan modificaciones de salario superior de fecha posterior a la del reingreso o modificación de salario registrado en la base de datos.
Si existe Modificación de Salario registrada en la base de datos del SUA y desea actualizarla con un movimiento de Modificación de Salario descendente se acepta el movimiento, sin embargo, como éste pudiera no ser procedente, el Sistema emite el siguiente mensaje de alerta:
“EL MOVIMIENTO PUEDE NO SER PROCEDENTE, POR LO CUAL, DEBERÁ ACUDIR A LOS SERVICIOS DE AFILIACIÓN Y VIGENCIA PARA LA POSIBLE APLICACIÓN DE LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 50 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACIÓN, CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN, DE SER PROCEDENTE EL MOVIMIENTO, SE ACEPTARÁ MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE AVISO AFIL-03, CON EL CUAL SERÁ VALIDA LA MODIFICACIÓN A LA BASE DE DATOS DEL SUA, (VER MANUAL DEL USUARIO)”.
Nota: 
El Status pasará de 2 a 4
Dichos Movimientos son aceptados únicamente para efecto de cálculo de pago de Cuotas tanto para el IMSS como para INFONAVIT. 
REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACIÓN, CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN. 
Artículo 50El Instituto recibirá los avisos de inscripción de los trabajadores que presenten los patrones o sus representantes, comprobando, en su caso, la veracidad de los datos, por los medios que estime pertinentes y de proceder, rectificará la información.
El patrón que solicite por escrito al Instituto la rectificación de datos proporcionados respecto de la fecha de ingreso al trabajo o del salario del trabajador, deberá comprobar fehaciente-mente la procedencia de su petición con la información y documentación que se le solicite.
La rectificación que proceda se sujetará a las reglas siguientes:
I Si se refiere a la fecha de alta, reingreso o modificación de salario del trabajador, el Instituto procederá a realizar la rectificación respectiva previo pago, en su caso, por parte del patrón, de las prestaciones que se hubiera otorgado indebidamente al asegurado;
II Si se trata de un salario inferior a uno superior, la rectificación surtirá efectos a partir de la fecha manifestada en el primer aviso, debiéndose cubrir las cuotas o, en su caso, los capitales constitutivos que procedan, y 
 III Si se trata de un salario superior a uno inferior, la rectificación surtirá efectos desde la fecha de presentación de la solicitud. 
No obstante lo anterior, el Instituto podrá efectuar la rectificación con la fecha manifestada en la solicitud, siempre y cuando se presente antes de realizar el pago que corresponda al mes en que se pretende surta efectos la modificación de salario y dentro de los diecisiete primeros días del mes siguiente. En este caso, el patrón deberá resarcir al Instituto las prestaciones que este último hubiere otorgado indebidamente al trabajador. 
Si a través del dictamen de Contador Público autorizado se determina alguno de los supuestos a que se refiere este artículo, se aplicará la regla que proceda, teniéndose como fecha de la solicitud de rectificación la de presentación ante el Instituto de dicho dictamen. 
Si existe Modificación de Salario registrada en la base de datos del SUA y desea actualizarla con un movimiento de Modificación de Salario ascendente con fecha anterior al último movimiento ya registrado se acepta el movimiento y el sistema emite el siguiente mensaje de alerta: 

Nota: 
El Status de este movimiento será 4.

RE ENVIÓ:

Re- Envío: Este proceso se utilizará en el caso de que el disco generado en el proceso de envío se dañe o se pierda, permitiendo volver a generar el disquete para el IMSS . Se seleccionará el botón correspondiente al re-envió de movimientos afiliatorios y dará clic en el botón...

 El Sistema presentará la relación de los trabajadores comprendidos dentro del periodo del inicio del módulo de afiliación y la del Sistema. En dicha ventana seleccionará al trabajador y el movimiento afiliatorio que desee reenviar, para lo cual se ubicará en el renglón correspondiente y dará doble clic para cambiar el estado del movimiento de "NO a SI".





El Sistema enviará el siguiente mensaje para la generación de movimientos. Y al aceptar mostrará el mensaje de que el movimiento fue generado exitosamente.



PAGOS

  • Cuotas del Seguro Social.
  • Aportaciones y amortizaciones de vivienda.
  • Aportaciones voluntarias a los sistemas de ahorro para el retiro (Afores).
  • Aportaciones complementarias a los sistemas de ahorro para el retiro (Afores).
  • Donaciones a la Fundación del Empresariado en México (FUNDEMEX)
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CALCULO DE PAGO OPORTUNO:

Haga clic en este botón para la generación del cálculo oportuno correspondiente.

Porcentaje del Avance: Nos indica el Avance del Cálculo que se está generando. 


Detalle del Proceso de Cálculo: Nos marca el tiempo del proceso y el término de éste. 

Ya generado el cálculo se visualizará que en los campos a pagar se presenta el importe a enterar y usted puede seleccionar que rubro desea pagar. 

Dentro de las opciones de pago que se pueden realizar a través del Sistema está el denominado Donativo FUNDEMEX, el cual es un fondo que será destinado para obras de infraestructura en todo el país y será cubierto por aquellos patrones que así lo deseen, en el momento de generar su pago, ya sea en forma Oportuna o Extemporánea.

Dicha Aportación podrá ser determinada y enterada por los patrones, siempre y cuando se realice el pago de las Aportaciones Patronales y Amortizaciones de Crédito de Vivienda, esto significa que por ningún motivo dicho donativo será pagado en forma independiente o solamente con los conceptos de IMSS y/o RCV. 


Al seleccionar cada rubro se irán sumando las cantidades en la opción de:

Una vez calculados los importes dar clic en el icono mensual o bimestral y dará inicio el procesamiento de la información mensual y/o bimestral y voluntarias. Salvo que se quiera cancelar la operación.

Al seleccionar la opción Bimestral el Sistema nos arroja una pantalla con el concepto FUNDEMEX (Fundación del Empresariado de México, A.C.) que es una Asociación Civil constituida por el sector empresarial mexicano y tiene como objeto, realizar programas de apoyo social y económico, dirigidos para mejorar las condiciones socioeconómicas de personas y comunidades que enfrentan condiciones de pobreza y marginación en México.


Si contesta que SI, automáticamente el monto propuesto para este fin irá a sumarse al monto Total a Pagar.

Si contesta que NO, el cursor irá directamente al monto propuesto originalmente para que capture en forma manual el monto que usted desee donar, con la condición que anote una cantidad que puede ser igual a $0.00, seleccionando el concepto FUNDEMEX para que el monto anotado se sume al concepto monto Total a Pagar.

Al seleccionar la opción Generar Pago, directamente, sin consultar la Cédula Bimestral, no tendrá la oportunidad de generar el donativo a FUNDEMEX.


La periodicidad de pagos es dependiendo del mes que se pague.

PAGOS EXTEMPORÁNEOS:

Ante cualquier cosa primero la Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al INFONAVIT, cuando se presente esta situación el importe se actualizará, se calcularán los recargos conforme a los mecanismos establecidos en el CFF, a partir del día siguiente a aquel en que concluya el plazo de pago oportuno.

Es importante hacer los siguientes comentarios:

Los accesorios de las aportaciones de seguridad social se calcularán sobre el total de estas contribuciones omitidas; sin embargo, en los casos en que el patrón omita enterar la actualización o los recargos o pague cantidades menores a las debidas por estos conceptos, el IMSS o el INFONAVIT determinarán en cantidad líquida los importes omitidos, formulando la Cédula de Liquidación correspondientes. Estas deberán ser pagadas dentro de los 15 días hábiles siguientes a aquel en que surta efectos la notificación, para el caso del IMSS y de 45 días tratándose del INFONAVIT.

Cuando la actualización o los recargos determinados por el patrón sean inferiores a los que calcule el IMSS y/o el INFONAVIT, éstos deberán aceptar el pago sin perjuicio de poder ejercer sus facultades de revisión para exigir las diferencias correspondientes.

La Multa determinada por el INFONAVIT, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 30, fracción V, y 55 de la Ley del INFONAVIT, deberá ser pagada junto con el adeudo principal el cual servirá de base para su cálculo, dentro del plazo legal ya referido, en caso contrario la Multa se actualizará. 

CALCULO PAGO EXTEMPORÁNEO:

Haga clic en este botón para la generación del cálculo extemporáneo correspondiente.

Porcentaje del Avance: Nos indica el Avance del Cálculo que se está generando.

Detalle del Proceso de Cálculo: Nos marca el tiempo del proceso y el término de éste. 

Ya generado el cálculo se visualizará que en los campos a pagar se presenta el importe a enterar al IMSS, RCV e INFONAVIT, usted puede seleccionar que rubro desea pagar. 


Al seleccionar cada rubro se irán sumando las cantidades en la opción de:

Una vez definidos los parámetros dar clic en el icono y
dará inicio el procesamiento de la información. Salvo que se quiera cancelar la operación. 

CONCLUSIONES:

Realizando la investigación documental sobre el SUA y los procesos o maneras para saber la adecuada forma del SUA en las empresas en las cuotas obrerapatronales, lo primordial de las empresas es la creación de un registro patronal para poder especificar las actividades de la empresa, de igual manera para así poder obtener la prima de riesgo, la cual se logra calificar a través de los accidentes que 470 pueden surgir durante el trabajo de los empleados que tiene registrados ante el seguro social. Gracias a los programas o sistemas que existen en la actualidad, existe una manera de simplificar la forma de actualizar los datos de los trabajadores que la empresa tiene registrados, como los sistemas ayudan a almacenar la información actualizada estos para poder llevar un control adecuado, los días en los cuales están dados de alta y comienzan a cotizar con las prestaciones que la ley ofrece. Uno de los sistemas que facilita la autodeterminación de las cuotas obreropatronales es Sistema de Pago Referenciado (SIPARE) el cual puede generar líneas de captura para el pago adecuado de las cuotas, así como también un pago de una diferencia de las cuotas que no se hayan pago adecuadamente en tiempo y forma. 

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